VALOR MORAL Y SOPORTE LEGAL DEL CONSEJO MEXICANO DE ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGIA, AC.

Desde su fundación en 1973, por los doctores Fernando A. Pino Quintal, Gustavo Garza Ruiz, Luis Martínez Fajardo, Mario Balbanera Abreu, Enrique Escalante Alfaro y Alejandro Ríos Leal y con la participación de los integrantes de las 16 mesas directivas que durante su historia han trabajado en él, nuestro Consejo ha ido sustentando su prestigio como una organización responsable, justa, confiable y plural, dedicándose solamente a certificar a sus colegas y gracias a ello, sin tener como objetivo conseguir el reconocimiento moral, lo ha ido obteniendo, demostrando su utilidad a la Sociedad. Sin embargo, ante las manifiestas intenciones de otras organizaciones con fines no puramente académicos de apropiarse de la atribución de certificar a los médicos especialistas que en la actualidad suman ya mas de 70000 en el país, a nuestro Consejo, así como a los de las otras especialidades médicas y a las Academias Nacional de Medicina y Mexicana de Cirugía, les ha preocupado la falta de definición por parte de las autoridades y han intentado obtener legalmente la designación como certificadores ineludibles. Estas gestiones han llevando el curso que les narro a continuación en forma resumida.

En 1963 se creó el primer Consejo de especialidad médica en México; el de Anatomía Patológica y 10 años después el de Ortopedia y Traumatología, que al igual que otras especialidades, respondió a la iniciativa incluida en el Código Sanitario dictado en ese año de 1973 por la Presidencia de la República, en el que se indicaba que los certificados expedidos por las instituciones educativas y asistenciales, deberían ser registrados tanto por la Secretaría de Salubridad y Asistencia, como por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, de la misma forma que los otorgados por los Consejos, Asociaciones o Colegios nacionales de especialidades, siempre y cuando estas organizaciones contasen con el reconocimiento de Idoneidad de la Academia Nacional de Medicina, institución que además de esa responsabilidad, recibió también el encargo de elaborar los reglamentos correspondientes a los artículos 161, 162 y 163 de ese Código Sanitario, en los cuales ella definía que los Consejos serían los únicos que podrían otorgar los certificados por reconocimiento de los especialistas que pertenecieran a cualquier Asociación o Colegio y las condiciones que deberían reunir estos Consejos para ser a su vez reconocidos por la Academia. Nuestro Consejo fue de los primeros diez en obtener el reconocimiento de Idoneidad de la Academia, con lo que aparentemente se obtendría el soporte legal para la certificación, sin embargo este Código Sanitario solo tuvo vigencia durante 10 años, ya que fue sustituido por la Ley General de Salud en 1984, en la que se eliminó lo referente a esta función de los Consejos y de la propia Academia. Desde entonces, se ha trabajado con diferentes estrategias para modificar la Ley General de Salud y devolver a los Consejos el respaldo legal para la certificación de los médicos especialistas.

La Academia Nacional de Medicina creó el Comité de certificación de médicos
especialistas en 1972 y hasta 1995 se integró el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas (CONACEM), formado por representantes tanto de la Academia Nacional de Medicina, como de la Mexicana de Cirugía y por los 47 Consejos de especialidades médicas con reconocimiento de Idoneidad de ese Comité. Esto significó la mas fuerte posibilidad de que los Consejos figuraran en un esquema legal, llegando a cristalizar a finales del año 2005, cuando las insistentes gestiones ante diferentes autoridades educativas, de salud, diputados y senadores de la comisión de salud, se logró obtener un camino distinto para la certificación de los médicos especialistas en relación a las demás profesiones, al modificarse el segundo párrafo del artículo 81 de la ley general de salud, que dice que para el registro de certificados de médicos especialistas por parte de la Secretaría de Educación, será necesaria la aprobación de la Secretaría de Salud, quien a su vez pedirá la opinión al CONACEM. Con esto, se ha establecido el soporte legal de los Consejos para considerarlos los únicos con la responsabilidad de certificar a los médicos especialistas.

Mientras tanto, el Consejo Mexicano de Ortopedia y Traumatología A.C., se dedicó a mejorar continuamente el desempeño de su función de certificar. En sus inicios, los fundadores convocaron a todos los ortopedistas que se encontraban ejerciendo en el país para ser sometidos a la evaluación de su currículo y en caso de ser aprobados, obtener el Certificado de Reconocimiento del Consejo recién creado. Por esta vía se certificaron aproximadamente 500 especialistas y a partir de entonces, todos los siguientes tuvieron la necesidad de someterse a los exámenes que periódicamente ha aplicado el Consejo, el cual ha considerado a la evaluación de la capacidad del Ortopedista como su actividad esencial y ha estado conciente del grave impacto que causa a los sustentantes cuando no lo acreditan, por lo que ha sido una preocupación constante el contar con exámenes justos, confiables y equilibrados, que exploren lo que el Ortopedista debe saber para el ejercicio seguro de la especialidad, concientes de que un buen Ortopedista es aquel que tiene los conocimientos suficientes para hacer el diagnóstico de la situación que guarda el aparato locomotor de su paciente y para seleccionar el mejor tratamiento que exista para él, pero también es quien lo sabe ejecutar con destreza y además, quien lo trata con responsabilidad y humanismo. Ante esta responsabilidad, se han tratado de perfeccionar las evaluaciones año tras año, generando con ello confianza y aceptación, tanto de los aspirantes a la certificación, como de las instituciones formadoras de Ortopedistas.

Por otra parte, el volumen de nuevos conocimientos que se genera constantemente en el mundo, hace que pronto caiga en obsolescencia quien no se actualiza, así que el Consejo pensó que el certificado no debía ser una patente por tiempo indefinido, como lo es un título Universitario o un registro de profesiones en la Secretaría de Educación Pública y atendiendo a su responsabilidad ante la sociedad, decide establecer el programa de Recertificación, limitando a 7 años la primera y cada 5 las subsecuentes, mientras se siga ejerciendo la especialidad, debiendo al término de cada período; someterse a una reevaluación curricular, o a un nuevo examen, que le permita demostrar ante el Consejo que sigue siendo capaz para ejercer como Ortopedista, que no ha descuidado su proceso de actualización.

Otro aspecto que ha contribuido a ganar la confianza entre los colegas, ha sido la forma de integrarse como un cuerpo colegiado plural, formado por Ortopedistas para evaluar ortopedistas, seleccionados entre distinguidos representantes de nuestra especialidad de todo el país.

El trabajo que durante 33 años ha realizado, respetuoso de los estatutos y nunca alejado de su objetivo fundamental que es Certificar la capacidad para ejercer la especialidad, ha llevado a nuestro Consejo al nivel que ahora orgullosamente ostentamos, como una organización libre de intereses políticos, económicos o gremiales que goza de alta credibilidad y de respeto por sus decisiones.

Como el de Ortopedia y Traumatología, los Consejos de las otras especialidades, han logrado que resulte innecesario el soporte legal para que las normas oficiales para la certificación de Escuelas de Medicina y de Hospitales públicos y privados, consideren indispensable que sus profesores para unas y los médicos especialistas para los otros, cuenten con certificación vigente del Consejo correspondiente, del mismo modo que las compañías aseguradoras, la CONAMED y la Justicia le dan un voto de confianza al especialista certificado

El Consejo no es una Sociedad, ni un Gremio, sino un Cuerpo Colegiado que respeta la competencia de las Universidades y de los Hospitales en la educación formal del médico especialista, de las Sociedades de la especialidad en el proceso de actualización, de los Colegios en la defensa legal de sus agremiados, de las autoridades de educación en el registro de los documentos profesionales y de las sanitarias en la aplicación de normas legales para el desempeño de la especialidad, limitándose la atribución del Consejo a otorgar el certificado de calidad para ejercer la especialidad por tiempo limitado.

El futuro del Consejo Mexicano de Ortopedia y Traumatología A.C. depende de la credibilidad que en él tengan principalmente los propios Ortopedistas, pero también nuestro Gobierno, las instituciones formadoras Hospitalarias y Universitarias, las empresas y la misma sociedad. La credibilidad se sustenta en sus valores: Altruismo porque no se persiguen lucro, ni poder político. Confianza, porque nuestra evaluación permita que el Ortopedista que ostente el certificado vigente, sea en realidad un profesionista capaz y humano. Justicia, porque solo se exige cumplir con los requisitos indispensables para certificarlo. Equidad, porque a todos los aspirantes se les aplican las mismas medidas. Respeto, porque no se toman atribuciones que le competen a otras organizaciones.

Mientras nos mantengamos limpios, libres de ambiciones políticas o económicas y dispuestos a servir, nuestro futuro como Consejo será halagüeño.

Dr. Gustavo F. Arenas Serna
Presidente del cuerpo directivo del
Consejo Mexicano de Ortopedia y Traumatología, AC.
Bienio 2004-2006

 

 
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