CAPITULO 11
DE LAS SESIONES

ARTICULO SEXAGESIMO PRIMERO:

SESIONES DEL CUERPO DIRECTIVO
Las sesiones del Cuerpo Directivo se denominan según su objetivo:
A. Sesión para el control técnico administrativo del Consejo: tendrán una frecuencia de por lo menos diez por año, se llevarán a cabo en la sede del Consejo y para ser válida deberán asistir la mitad más uno de sus integrantes, entre ellos el Presidente o el Vicepresidente. Se levantará un acta de cada sesión firmada por los asistentes.
B. Sesiones y reuniones de las Comisiones: estas sesiones y reuniones se llevarán a cabo en la sede del Consejo, previo citatorio personal a cada miembro por correo, fax o llamada telefónica, Tendrán una orden del día, participará el Cuerpo Directivo en pleno o parcialmente según el caso y decisión del Presidente.
D. Sesiones y reuniones que se consideren necesarias con el Consejo consultivo del Consejo Mexicano de Ortopedia y Traumatología, A.C. o el Honorable Cuerpo Electoral; dichas sesiones se llevarán a cabo en la sede del Consejo, con una orden del día y convocatoria personal a los miembros de estos Consejos por lo menos con treinta días de anticipación. La convocatoria se hará por correo certificado con acuse de recibo.
E. Cada dos años en la primera semana del mes de julio, se dará posesión a la nueva mesa directiva, estando presentes las mesas directivas entrante, saliente y el Consejo Consultivo.

ARTICULO SEXAGESIMO SEGUNDO:
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
A. Se realizará una asamblea ordinaria cada año durante el congreso nacional de la Sociedad Mexicana de Ortopedia, A.C, en los años pares y en el año siguiente durante el congreso nacional de la Asociación Mexicana de Ortopedia y Traumatología, A.C. en los años nones.
B. Tendrá como objetivo el informe de actividades y programa en el año, cubriendo los meses correspondientes entre uno y otro congresos. Presentarán su informe el Presidente, el Secretario y el Tesorero.
El primero rendirá un informe del desarrollo de resultados y conclusiones del último examen de certificación, así como las actividades desarrolladas por las Comisiones y en el año electoral el Honorable Cuerpo Electoral.
El secretario emitirá el informe sobre las actividades propias del Consejo, incluyendo sesiones del Cuerpo Directivo, asambleas ordinarias, extraordinarias y solemnes, el desarrollo y conclusiones de cada una de ellas.
El Tesorero informará sobre el Estado del año anterior y listados de nuevos miembros nominales.
Esta asamblea será convocada entre treinta y sesenta días calendario antes de su realización directamente a los miembros activos por fax, correo y pagina de Internet, además de la propaganda utilizada por la sociedad organizadora del Congreso y otros medios de difusión, la convocatoria deberá indicar fecha, hora y lugar de la asamblea, así como la orden del día.
C. La asamblea general ordinaria se podrá llevar a cabo el día, hora y lugar acordados, si existen la mitad mas uno de sus miembros activos, incluyendo el Cuerpo Directivo y si no se hubiera completado el número requerido, se citará a junta extraordinaria, que se llevará a cabo treinta minutos después con los miembros asistentes, la cual tendrá carácter legal.
D. Esta asamblea puede ser, privada o publica, cuando solo se permita la asistencia a miembros activos y emeritos con derecho a voto o cuando se acepte la presencia de ortopedistas certificados miembros temporales del Consejo, según lo decida la propia asamblea. De ser necesaria alguna votación, el Presidente nombrará el número de escrutadores necesarios y la votación será secreta.

ARTICULO SEXAGESIMO TERCERO:
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
Esta asamblea podrá ser convocada por:
A. El Cuerpo Directivo en funciones.
B. Una comisión de por lo menos el 30% de la membresía y que el Cuerpo Directivo juzgue que el tema a tratar lo justifique. Esta asamblea tendrá como objetivo único el de analizar y resolver el problema planteado que debe considerarse en la orden del día.
C. El Consejo Consultivo del Consejo Mexicano de Ortopedia Traumatología A.C.
D. La convocatoria se hará con treinta días de anticipación a la fecha de la de la sesión –
E. La sesión se llevara a cabo en la sede que se determine y será presidida por su Presidente o Vicepresidente y para que sea válida deberá estar la mitad de sus miembros activos más uno o treinta minutos después con los asistentes.

ARTICULO SEXAGESIMO CUARTO:
SESION SOLEMNE
A. Esta sesión tendrá como objetivo celebrar algún hecho significativo para la asociación, como aniversarios, alguna distinción a la agrupación o de alguno de sus miembros.
B. Será convocada como la asamblea extraordinaria y se llevará a cabo en la sede de la organización o en alguna sede alterna, según el caso.

ARTICULO SEXAGESIMO QUINTO:
REGISTRO DE SESIONES O ASAMBLEAS
Las actas de sesiones o asambleas después de ser aprobadas se asentarán en el libro respectivo y serán firmadas por el Presidente, el Vicepresidente y Secretario. las que impliquen cambios en los estatutos y reglamentos o miembros del Cuerpo Directivo, deben además ser protocolizados ante notario público.


 
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