CAPITULO 2
DE LOS OBJETIVOS

ARTICULO NOVENO:
Los objetivos del Consejo Mexicano de Ortopedia y Traumatología. A.C. son:

A. Certificar la capacidad técnico médica de los médicos especialistas en Ortopedia y Traumatología que lo soliciten y sean mexicanos o se encuentren en nuestro país con autorización oficial para ejercer la Medicina.
B. Recertificar periódicamente a los miembros certificados según el reglamento correspondiente.
C. Elaborar y difundir las características del perfil curricular que debe poseer idealmente el médico especialista en Ortopedia y Traumatología, para el adecuado ejercicio profesional.
D. Establecer y mantener estrecho contacto con las Sociedades de Ortopedia y Traumatología del país, para la identificación y elección de los especialistas merecedores de integrar los cuerpos directivos del Consejo.
E. Avalar curricularmente los distintos eventos científicos sobre la especialidad que se realicen con fines de enseñanza para garantizar su calidad.
F. Mantener actualizado un diagnóstico situacional del ejercicio de la especialidad.
G. Colaborar con las Instituciones oficiales cuando lo soliciten para emitir opiniones o peritajes en los problemas jurídico éticos, en el ejercicio de la especialidad.
H. Celebrar todos los actos y convenios que sean necesarios para el desarrollo de los objetivos señalados.

 


 
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